Renta 2025 presentada en 2026: qué revisar en tu declaración

La renta que se presenta en 2026 corresponde al ejercicio 2025. Qué normas aplican, a qué ejercicio y dónde comprobarlas en la fuente oficial.
Esta guía no es una lista de novedades: recoge normas vigentes que conviene revisar al preparar la declaración, con el ejercicio al que se aplican y un enlace directo a la fuente oficial al final del artículo.
Primero, el ejercicio correcto
La declaración de la renta que se presenta en 2026 corresponde al ejercicio 2025 y se rige por la normativa vigente en 2025. Lo que se apruebe para el ejercicio 2026 se aplicará, salvo que la norma diga otra cosa, en la declaración que se presente en 2027.
Normas que conviene revisar
- Base del ahorro: la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, añadió un tramo del 30 % por encima de 300.000 € con efectos desde el 1 de enero de 2025. Por tanto, se aplica por primera vez en la declaración del ejercicio 2025, que se presenta en 2026.
- Planes de pensiones individuales: el límite general de reducción del artículo 52 de la Ley 35/2006 es la menor de 1.500 € anuales y el 30 % de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas, sin perjuicio de incrementos y supuestos específicos. No es nuevo en 2025; ya estaba vigente en ejercicios anteriores.
- Modelo 721 (monedas virtuales en el extranjero): aprobado por la Orden HFP/886/2023, se presentó por primera vez en 2024. Es una declaración informativa distinta de la renta.
- DAC8 (Directiva (UE) 2023/2226): obliga a los proveedores de criptoactivos a recopilar información desde el 1 de enero de 2026, con el primer intercambio entre administraciones previsto en 2027. No cambia la declaración del ejercicio 2025.
- Deducciones autonómicas: dependen de cada comunidad y ejercicio. Consulta el Manual práctico de deducciones autonómicas de la Agencia Tributaria del ejercicio que declaras.
Qué revisar antes de firmar
Descarga el borrador, contrasta con tus certificados y añade lo que Hacienda no sepa, como deducciones autonómicas o aportaciones a planes que no figuren en los datos fiscales.
“Antes de aplicar cualquier cambio, comprueba en la fuente oficial a qué ejercicio corresponde.”
Fuentes de este artículo
Referencias para las afirmaciones indicadas en el artículo; no acreditan cada consejo ni sus simulaciones, que usan los supuestos expuestos. Consulta el ejercicio y la versión aplicables:
- Ley 7/2024, de 20 de diciembre, texto consolidado (BOE) — escala de la base del ahorro desde 2025
- Ley 35/2006 del IRPF, texto consolidado (BOE)
- Orden HFP/886/2023, que aprueba el modelo 721 (BOE)
- Modelo 721 — ficha del procedimiento (Agencia Tributaria)
- Directiva (UE) 2023/2226 del Consejo — DAC8 (EUR-Lex)
- Manuales prácticos de Renta y deducciones autonómicas (Agencia Tributaria)
Autoría
Pol Roca Rodriguez es el fundador, titular y editor responsable de Ahorrazen. Supervisa la selección de temas, la revisión de los textos y su contraste con fuentes oficiales.
Contenido informativo y educativo. No constituye asesoramiento financiero, fiscal ni legal.
